El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este jueves que aquellos que adquirieron instrumentos de capital del Banco Popular no tienen derecho a exigir la nulidad de sus participaciones ni a pedir una indemnización por daños y perjuicios. La corte niega el derecho de estos accionistas a exigir compensaciones.
Sentencia del TJUE y sus Implicaciones
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha rechazado que el Banco Santander deba compensar a los inversores de instrumentos de capital del Banco Popular. La justicia europea ha confirmado así un revés significativo para las esperanzas de accionistas y acreedores del Banco Popular, a los que ha negado cualquier posibilidad de compensación.
«Los inversores perdieron todos sus derechos con la liquidación del Banco Popular y no pueden ejercitar acciones judiciales ni contra éste ni contra el Banco Santander,» afirmó el tribunal.
El TJUE ha respondido varias preguntas del Tribunal Supremo sobre el derecho de los inversores a recibir compensación. El tribunal europeo ha fallado consistentemente en contra de los inversores que sufrieron pérdidas tras la compra y resolución del